Declaración Andina de Valor sustituirá a Declaración Jurada en importaciones

El presidente de la entidad, Wilfredo Vargas, explicó que el formulario, que se aplicará en Bolivia y en la subregión andina debe ser "utilizado por los operadores de comercio exterior para todo tipo de importaciones de mercancías con un valor FOB (libre a bordo) igual o superior a los 5.000 dólares provenientes, tanto de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), así como de terceros".
Explicó que la DAV permitirá establecer el valor en Aduana de las mercancías facilitando la definición de la base imponible para la liquidación de impuestos.
El formulario introduce información necesaria complementaria a la Declaración Única de Importaciones (DUI) para la determinación del valor en Aduana.
El titular de la Aduana advirtió que ese formulario será "exigible y obligatorio" para las importaciones, por lo que su despacho realizará una presentación oficial de los alcances de la DAV en el auditorio de la Cámara Nacional de Comercio el 2 de junio, al que podrán asistir todos los interesados.
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